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Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

El INADI recomendó a un periodista salteño capacitarse en perspectiva de género

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Surgió a partir de la denuncia de la intendenta de la Ciudad de Salta, Bettina Inés Romero, contra el periodista y director de radio Aries, Mario Ernesto Peña, por sus reiterados dichos discriminatorios por su condición de mujer.

Publicado el martes 12 de abril de 2022 – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos


La delegación de Salta del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) intervino ante la denuncia de la intendenta de la ciudad capital, Bettina Inés Romero, contra el periodista Mario Ernesto Peña por sus reiterados dichos discriminatorios por su condición de mujer.

En el dictamen realizado por la Dirección de Asistencia a la Víctima del INADI se recomienda que el periodista realice un curso sobre igualdad de género y violencia simbólica, poniendo a disposición las capacitaciones que brinda el Instituto. Además se recomienda a la radio Aries – emisora donde se transmitieron los dichos- que contrate una editora de género que pueda señalar cuando este tipo de comentarios se emitan al aire y tenga un tiempo equivalente para responder o propender a desarmar el estereotipo discriminatorio.

La intendenta Bettina Inés Romero consideró que el fallo es “por todas las mujeres de Salta que sufren las consecuencias de una sociedad machista”. Por su parte el delegado local de INADI, Gustavo Farquharson, dio cuenta de que marca un precedente por “el mensaje que se le da a miles de mujeres que a diario sufren violencia política y simbólica”.

En la denuncia, la intendenta presentó audios de programas, transcripciones de diversos audios emitidos al aire por el denunciado y copias certificadas de noticias web con repercusiones sobre estos dichos. En los fragmentos analizados se llama a la intendenta “niña”“hermosa”“princesa del primer mundo”, y, entre otros dichos, se dice “de política no entiende nada”“ella no tiene la culpa, se crió ah픓es parte de una dinastía política”“bájese del pedestal”, y que es “caprichosa”“malcriada”“una real malcriada”“histérica”“imbancable”“intratable”.

En el dictamen se entiende que estos dichos “refieren a características asociadas a su género, por las que no debería participar en política. Debo señalar que estos caracteres son asociados únicamente a mujeres: a ningún varón heterosexual el denunciado le diría este tipo de calificativos”, lo cual es parte de la violencia política de acuerdo a la ley 26.485.

La Dirección de Asistencia a la Víctima aprovechó el caso para realizar un minucioso análisis sobre la relación entre libertad de expresión y derecho antidiscriminatorio considerando que existen diversos tipos de discursos, con diferente protección constitucional o convencional. Se consideró que en la denuncia analizada se está frente a opiniones discriminatorias emitidas en el marco de discursos especialmente protegidos.

Dice el dictamen: “No hay en los temas analizados informaciones que no sean de interés político, y por ello, gozan de una especial protección constitucional, como ya se señaló. Sin embargo, al brindar esta información, el denunciado también inserta opiniones discriminatorias en contra de la denunciada”.

Concluye el texto elaborado por la Dirección de Asistencia a la Víctima: “El denunciado utiliza estereotipos discriminatorios que pesan sobre las mujeres para señalar que no debería estar en un cargo público, por mujer”.

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