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Producción de cítricos

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Se extienden y amplían los beneficios para quienes participen de la cadena productiva.

Publicado el 17 de junio de 2021 – AFIP

Quienes, de acuerdo a su actividad declarada, participen como productores, empacadores, comercializadores, industrializadores, contratistas o viveristas en la cadena de producción de cítricos en las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy, Salta, Buenos Aires, Tucumán y Catamarca gozarán de los siguientes beneficios:

  • Las presentaciones de declaraciones juradas y el pago de los saldos resultantes por obligaciones impositivas y por las contribuciones a la seguridad social, al régimen de autónomos o al régimen de monotributistas, cuyo vencimiento operara entre el 20 de junio de 2019 y el 19 de junio de 2021, se considerarán cumplidas en término hasta el 31 de julio de 2021.
  • Se suspenden hasta el 19 de junio de 2021 las intimaciones por falta de presentación o pago de declaraciones juradas, la iniciación de juicios de ejecución fiscal, las trabas de nuevas medidas cautelares y el cobro de las sumas reclamadas en ellos.

Para acceder a los beneficios mencionados se deberá realizar una presentación digital hasta el 16 de julio de 2021, seleccionando el trámite “Ley de Emergencia – Cadena de producción de cítricos”.

Resolución General N° 5009/2021

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