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Cancillería. Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto

Elijen al experto argentino Pablo Ceriani Cernadas en el Comité sobre los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios

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Información para la Prensa N°: 254/21

Publicado el 30 de junio de 2021 – Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto

La Cancillería Argentina felicita al Dr. Pablo Ceriani Cernadas por su elección como miembro experto del Comité sobre los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares por el período 2021-2025.

El Dr. Ceriani Cernadas tiene una amplia trayectoria en el ámbito de las migraciones y en particular en los derechos de las personas migrantes y sus familias. Ello incluye la integración del mencionado Comité entre los años 2014 y 2017, llegando a ser nominado vicepresidente por sus pares.

A nivel regional, ha trabajado en numerosos países de América Latina, en el marco de diversas iniciativas dirigidas a la promoción de políticas públicas en materia migratoria desde un enfoque de derechos.

En la Argentina, a su vez, ha contribuido, desde ámbitos académicos y de la sociedad civil, a los procesos que derivaron en la adopción, implementación y evaluación de la actual ley de migraciones, trabajando de manera constructiva con los principales actores institucionales en la materia.

Con esta elección, el Estado argentino reafirma su liderazgo a nivel internacional en la promoción y protección de los derechos humanos y en particular de los derechos de las personas migrantes.

Cabe destacar que esta Convención es el único instrumento internacional de derechos humanos jurídicamente vinculante que contiene en su articulado disposiciones específicas sobre los derechos de las personas migrantes y sus familiares.

El Comité sobre los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares es el órgano de aplicación de la Convención y está conformado actualmente por catorce expertos independientes. Entre otras funciones, el Comité tiene a su cargo examinar los informes periódicos que presentan los Estados Parte de la Convención y transmitir a éstos las observaciones que considere apropiadas para hacer efectivos los derechos consagrados en el tratado.

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