Ministerio de Economía
Llamado a licitación de LEDES, LEPASE y LECER por efectivo y de conversión de BONCER Julio 2021 por una canasta de BONCER 2022 y 2023
Publicado el 14 de junio de 2021 – Ministerio de Economía, Secretaría de Finanzas
El Ministerio de Economía ofrece en este llamado a licitación una combinación de instrumentos del Tesoro Nacional integrados por las Letras que se detallan a continuación:
a) LICITACIÓN POR EFECTIVO
a) LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021 (S30S1 – reapertura);
b) LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A TASA VARIABLE MÁS 2,00% CON VENCIMIENTO 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021 (SS301 – reapertura);
c) LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 30 DE NOVIEMBRE DE 2021 (S30N1 – reapertura);
d) LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS AJUSTADAS POR CER A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 31 DE MARZO DE 2022 (X31M2 – reapertura); y
e) LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS AJUSTADAS POR CER A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 23 DE MAYO DE 2022 (X23Y2 – reapertura).
La recepción de ofertas comenzará a las 10:00 horas y finalizará a las 15:00 horas del día miércoles 16 de junio de 2021 (T).
La licitación de todos los instrumentos se realizará mediante indicación de precio. Para todos los instrumentos habrá un tramo competitivo y uno no competitivo. Las ofertas que se presenten en los tramos competitivos deberán indicar el monto de VNO a suscribir y el precio, el que deberá expresarse por cada VNO $1.000 con dos decimales. Las ofertas que se presenten en los tramos no competitivos estarán limitadas a un monto máximo de VNO $3.000.000, debiendo consignarse únicamente el monto a suscribir.
La liquidación de las ofertas se efectuará el día viernes 18 de junio de 2021 (T+2).
b) LICITACIÓN PARA LA CONVERSIÓN DE BONCER VENCIMIENTO 22 DE JULIO DE 2021 (TC21) POR UNA CANASTA DE INSTRUMENTOS EN EL MARCO DEL ARTÍCULO 8 DE LA LEY 27.561.
El Ministerio de Economía invita, en los términos del artículo 8 de la Ley 27.561, a los tenedores del BONO DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR CER 2,50% VTO. 2021 (BONCER 2021 – TC21), a participar de una operación de conversión de su Título Elegible por una canasta compuesta en un cuarenta por ciento (40%) de la reapertura del BONCER 1,3% 2022 vto. 20 de septiembre de 2022 (T2X2) y en un sesenta por ciento (60%) de la reapertura del BONCER 1,45% vto. 13 de agosto de 2023 (T2X3) (en adelante los “Nuevos Instrumentos”).
Detalle del Título Elegible:
Títulos Elegibles para la Conversión | Especie | Código de Negociación | Vencimiento | Valor Técnico por Cada VNO $ 1.000 |
BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR CER 2,50% Vto. 2021 (BONCER 2021) | BONCER | TC21 | 22/07/2021 | $ 5.121,20 |
Detalle de los Nuevos Instrumentos:
Nuevos Instrumentos que conforman la Canasta | Especie | Código de Negociación | Vencimiento | Precio de Colocación por c/VNO $ 1.000 | Porcentaje que integra la canasta |
BONO DEL TESORO NACIONAL EN PESOS AJUSTADO POR CER 1,3% VENCIMIENTO 20 DE SEPTIEMBRE DE 2022 (T2X2 – reapertura) | BONCER | T2X2 | 20/09/2022 | $ 1.461,78 | 40% |
BONO DEL TESORO NACIONAL EN PESOS AJUSTADO POR CER 1,45% VENCIMIENTO 13 DE AGOSTO DE 2023 (T2X3 – reapertura) | BONCER | T2X3 | 13/08/2023 | $ 1.336,33 | 60% |
La licitación de la canasta será por adhesión con un único pliego. Las ofertas que se presenten deberán indicar el monto de VNO en Pesos del BONCER TC21 que entregarán en conversión por los Nuevos Instrumentos de la Canasta.
Para determinar la cantidad de VNO de los Nuevos Instrumentos se utilizarán las siguientes formulas:
1. VNO BONCER 2022 = {(40% * VNO BONCER TC21 * VALOR TÉCNICO BONCER TC21) / PRECIO COLOCACIÓN BONCER 2022}
2. VNO BONCER 2023 = {(60% * VNO BONCER TC21 * VALOR TÉCNICO BONCER TC21) / PRECIO COLOCACIÓN BONCER 2023}
A los resultados obtenidos por las formulas descriptas, se los redondeará al entero más cercano múltiplo de la denominación mínima de cada instrumento de la canasta.
ANTES DE LAS 18 HS DEL DÍA JUEVES 17 DE JUNIO (T+1), los participantes que presenten ofertas deberán transferir el total del BONCER VTO. JULIO 2021 (TC21) aceptados desde sus cuentas en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros (CRYL) del Banco Central de la República Argentina (BCRA), a la cuenta de la Secretaría de Finanzas 99990-01 en esa entidad.
Si algún participante tuviera alguno de los BONCER VTO. JULIO 2021 (TC21) depositados en Caja de Valores S.A. deberá tomar los recaudos necesarios para que, antes del tiempo límite de recepción, el Título Elegible sea transferido primero a su cuenta en CRYL y luego a la cuenta de la Secretaría de Finanzas.
En caso de incumplimiento en la entrega del Título Elegible, la liquidación se realizará el viernes 18 de junio de 2021 mediante el débito del valor efectivo correspondiente al Título Elegible (VNO BONCER TC21 * VALOR TÉCNICO BONCER TC21 / 1.000) de la cuenta corriente en pesos de la entidad financiera participante en el BCRA. La participación en la presente oferta implica la aceptación de esta condición.
El viernes 18 de junio de 2021 (T+2), la CRYL acreditará los Nuevos Instrumentos que conforman la canasta en las cuentas de cada participante en esa entidad, y debitará el valor efectivo en los casos de incumplimiento.
La licitación por la colocación de los instrumentos que se ofrecen por efectivo y la licitación por conversión, se efectuarán de acuerdo a los procedimientos aprobados por la Resolución Conjunta de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda Nº 9/2019.
Podrán participar de estas operaciones personas humanas o jurídicas interesadas, debiendo a estos efectos dirigir sus manifestaciones de interés en tiempo y forma a través de los agentes de liquidación y compensación (integrales y propios) y agentes de negociación registrados en la CNV.
a) Detalle de los instrumentos a licitar por efectivo:
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021 (S30S1 – reapertura) | |
Fecha de emisión original | 31 de marzo de 2021 |
Fecha de reapertura | 18 de junio de 2021 |
Fecha de vencimiento | 30 de septiembre de 2021 |
Plazo remanente | 104 días |
Moneda de emisión, suscripción y pago | Pesos |
Amortización | Íntegra al vencimiento |
Precio de reapertura | Será determinado en la licitación pública |
Intereses | A descuento |
Denominación mínima | VNO $ 1 |
Negociación | MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país |
Ley aplicable | Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA |
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A TASA VARIABLE MÁS 2,00% CON VENCIMIENTO 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021 (SS301 – reapertura) | |
Fecha de emisión original | 31 de marzo de 2021 |
Fecha de reapertura | 18 de junio de 2021 |
Fecha de vencimiento | 30 de septiembre de 2021 |
Plazo remanente | 104 días |
Moneda de emisión, suscripción y pago | Pesos |
Amortización | Íntegra al vencimiento |
Precio de reapertura | Será determinado en la licitación pública |
Intereses | Devengará intereses a la tasa nominal anual equivalente a la TASA VARIABLE más un margen del 2,00%.Los intereses serán pagaderos al vencimiento, y se calcularán sobre la base de los días efectivamente trascurridos y la cantidad exacta de días que tiene cada año (actual/actual).Si el vencimiento no fuere un día hábil, la fecha de pago será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original, devengándose intereses hasta la fecha de efectivo pago. |
Tasa VARIABLE | Se determinará como el promedio aritmético simple de la Tasa de Pases Pasivos para 7 días de plazo (nominal anual) calculado considerando las tasas publicadas durante el período por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) desde cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha de emisión hasta cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento. |
Denominación mínima | VNO $ 1 |
Negociación | MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país |
Ley aplicable | Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA |
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 30 DE NOVIEMBRE DE 2021 (S30N1 – reapertura) | |
Fecha de emisión original | 21 de mayo de 2021 |
Fecha de reapertura | 18 de junio de 2021 |
Fecha de vencimiento | 30 de noviembre de 2021 |
Plazo remanente | 165 días |
Moneda de emisión, suscripción y pago | Pesos |
Amortización | Íntegra al vencimiento |
Precio de reapertura | Será determinado en la licitación pública |
Intereses | A descuento |
Denominación mínima | VNO $ 1 |
Negociación | MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país |
Ley aplicable | Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA |
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS AJUSTADA POR CER A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 31 DE MARZO DE 2022 (X31M2 – reapertura) | |
Fecha de emisión original | 31 de marzo de 2021 |
Fecha de reapertura | 18 de junio de 2021 |
Fecha de vencimiento | 31 de marzo de 2022 |
Plazo remanente | 286 días |
Moneda de emisión, suscripción y pago | Pesos |
Amortización | Íntegra al vencimiento |
Ajuste de capital | El saldo de capital de la letra será ajustado conforme al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) referido en el artículo 4º del decreto 214/02, informado por el Banco Central de la República Argentina, correspondiente al período transcurrido entre los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de emisión y los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento del servicio de interés o amortización de capital correspondiente. La Oficina Nacional de Crédito Público, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, será el Agente de Cálculo. La determinación del monto del ajuste efectuado por el Agente de Cálculo será, salvo error manifiesto, final y válido para todas las partes. |
Precio de reapertura | Será determinado en la licitación pública |
Intereses | A descuento |
Denominación mínima | VNO $ 1 |
Negociación | MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país |
Ley aplicable | Ley de la REPÚBLICA ARGENTI |
LETRA DEL TESORO NACIONAL EN PESOS AJUSTADA POR CER A DESCUENTO CON VENCIMIENTO 23 DE MAYO DE 2022 (X23Y2 – reapertura) | |
Fecha de emisión original | 21 de mayo de 2021 |
Fecha de reapertura | 18 de junio de 2021 |
Fecha de vencimiento | 23 de mayo de 2022 |
Plazo remanente | 339 días |
Moneda de emisión, suscripción y pago | Pesos |
Amortización | Íntegra al vencimiento |
Ajuste de capital | El saldo de capital de la letra será ajustado conforme al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) referido en el artículo 4º del decreto 214/02, informado por el Banco Central de la República Argentina, correspondiente al período transcurrido entre los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de emisión y los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento del servicio de interés o amortización de capital correspondiente. La Oficina Nacional de Crédito Público, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, será el Agente de Cálculo. La determinación del monto del ajuste efectuado por el Agente de Cálculo será, salvo error manifiesto, final y válido para todas las partes. |
Precio de reapertura | Será determinado en la licitación pública |
Intereses | A descuento |
Denominación mínima | VNO $ 1 |
Negociación | MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país |
Ley aplicable | Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA |
b) Detalle de los Nuevos Títulos que conforman la canasta de la operación de conversión de activos:
BONO DEL TESORO NACIONAL EN PESOS AJUSTADO POR CER 1,3%Vto. 20 de septiembre de 2022 (T2X2 – reapertura) | |
Fecha de emisión original | 20 de mayo de 2020 |
Fecha de reapertura | 18 de junio de 2021 |
Fecha de vencimiento | 20 de septiembre de 2022 |
Plazo remanente | Aprox. 1 año y 3 meses |
Moneda de emisión y pagos | Pesos |
Suscripción | Podrá ser suscripto con el Título Elegible a su valor técnico a la fecha de liquidación, según lo establecido en el artículo 8° de la Ley 27.561 |
Precio de colocación para la conversión de activos | $ 1.461,78 por cada VNO $1.000 |
Amortización | Íntegra al vencimiento. El capital será ajustado conforme lo estipulado en la cláusula “Ajuste de capital” |
Ajuste de Capital | El saldo de capital del bono será ajustado conforme al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) referido en el artículo 4º del decreto 214/02, informado por el Banco Central de la República Argentina, correspondiente al período transcurrido entre los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de emisión y los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento del servicio de interés o amortización de capital correspondiente. La Oficina Nacional de Crédito Público, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, será el Agente de Cálculo. La determinación del monto del ajuste efectuado por el Agente de Cálculo será, salvo error manifiesto, final y válido para todas las partes. |
Intereses | Devengará intereses sobre saldos ajustados a partir de la fecha de emisión, a la tasa del uno coma tres por ciento (1,3%) nominal anual, los que serán pagaderos los días 20 de septiembre de 2021, 20 de marzo de 2022 y 20 de septiembre de 2022 y serán calculados sobre la base de meses de treinta (30) días y años de trescientos sesenta (360) días (30/360). Si el vencimiento del cupón no fuere un día hábil, la fecha de pago del mismo será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original, devengándose intereses hasta la fecha de vencimiento original. |
Denominación mínima | VNO $ 1 |
Negociación | MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país |
Ley aplicable | Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA |
BONO DEL TESORO NACIONAL EN PESOS AJUSTADO POR CER 1,45%Vto. 13 de agosto de 2023 (reapertura) | |
Fecha de emisión original | 13 de agosto de 2020 |
Fecha de reapertura | 18 de junio de 2021 |
Fecha de vencimiento | 13 de agosto de 2023 |
Plazo remanente | Aprox. 2 años y 2 meses |
Moneda de emisión y pagos | Pesos |
Suscripción | Podrá ser suscripto con el Título Elegible a su valor técnico a la fecha de liquidación, según lo establecido en el artículo 8° de la Ley 27.561 |
Precio de colocación para la conversión de activos | $ 1.336,33 por cada VNO $1.000 |
Amortización | Íntegra al vencimiento. El capital será ajustado conforme lo estipulado en la cláusula “Ajuste de capital” |
Ajuste de Capital | El saldo de capital del bono será ajustado conforme al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) referido en el artículo 4º del decreto 214/02, informado por el Banco Central de la República Argentina, correspondiente al período transcurrido entre los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de emisión y los diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento del servicio de interés o amortización de capital correspondiente. La Oficina Nacional de Crédito Público, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, será el Agente de Cálculo. La determinación del monto del ajuste efectuado por el Agente de Cálculo será, salvo error manifiesto, final y válido para todas las partes. |
Intereses | Devengará intereses sobre saldos ajustados a partir de la fecha de emisión, a la tasa del uno coma cuarenta y cinco por ciento (1,45%) nominal anual, los que serán pagaderos por los días 13 de agosto de 2021, 13 de febrero de 2022, 13 de agosto de 2022, 13 de febrero de 2023 y 13 de agosto de 2023 y serán calculados sobre la base de meses de treinta (30) días y años de trescientos sesenta (360) días (30/360). Si el vencimiento del cupón no fuere un día hábil, la fecha de pago del mismo será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original, devengándose intereses hasta la fecha de vencimiento original. |
Denominación mínima | VNO $ 1 |
Negociación | MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país |
Ley aplicable | Ley de la REPÚBLICA ARGENTINA |
A continuación, se presentan mayores detalles de la licitación:
DETALLES DE LA LICITACIÓN NO CONTENIDOS EN LA RESOLUCIÓN CONJUNTA 9/2019 PARA LA LICITACIÓN POR EFECTIVO | |
Comisiones | No se pagarán comisiones. |
Fecha de liquidación | 18 de junio de 2021. |
Oferta mínima | VNO $ 10.000 en cualquiera de los tramos. Todo monto superior deberá ser múltiplo de VNO $1. |
Montos mínimos de VNO a licitar ampliables hasta el monto máximo autorizado por Resolución: | LEDES 30/09/2021: VNO $ 2.000 millones.LEPASE 30/09/2021: VNO $ 2.000 millones.LEDES 30/11/2021: VNO $ 2.000 millones.LECER 31/03/2022: VNO $ 5.000 millones.LECER 23/05/2022: VNO $ 5.000 millones. |
DETALLES DE LA LICITACIÓN NO CONTENIDOS EN LA RESOLUCIÓN CONJUNTA 9/2019 PARA LA CONVERSIÓN DE ACTIVOS | |
Comisiones | No se pagarán comisiones. |
Fecha de liquidación | 18 de junio de 2021. |
Oferta mínima | VNO $ 10.000. Todo monto superior deberá ser múltiplo de VNO $1. |
Determinación de los VNO del Nuevo Instrumento | Para determinar la cantidad de VNO de los Nuevos Instrumentos se utilizarán las siguientes formulas:1. VNO BONCER 2022 = {(40% * VNO BONCER TC21 * VALOR TÉCNICO BONCER TC21) / PRECIO COLOCACIÓN BONCER 2022}2. VNO BONCER 2023 = {(60% * VNO BONCER TC21 * VALOR TÉCNICO BONCER TC21) / PRECIO COLOCACIÓN BONCER 2023}A los resultados obtenidos por las formulas descriptas, se los redondeará al entero más cercano múltiplo de la denominación mínima de cada nuevo instrumento. |
Liquidación | ANTES DE LAS 18 HS DEL DÍA JUEVES 17 DE JUNIO (T+2), los participantes que presenten ofertas deberán transferir el total de su Título Elegible aceptado desde sus cuentas en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros (CRYL) del Banco Central de la República Argentina (BCRA), a la cuenta de la Secretaría de Finanzas 99990-01 en esa entidad.Si algún participante tuviera su Título Elegible depositado en Caja de Valores S.A. deberá tomar los recaudos necesarios para que, antes del tiempo límite de recepción, el Título Elegible sea transferido primero a su cuenta en CRYL y luego a la cuenta de la Secretaría de Finanzas.En caso de incumplimiento en la entrega del Título Elegible, la liquidación se realizará el viernes 18 de junio de 2021 mediante el débito del valor efectivo correspondiente al Título Elegible de la cuenta corriente en pesos de la entidad financiera participante en el BCRA. La participación en la presente oferta implica la aceptación de esta condición.El viernes 18 de junio de 2021 (T+2), la CRYL acreditará los Nuevos Instrumentos que conforman la canasta en las cuentas de cada participante en esa entidad, y debitará el valor efectivo en los casos de incumplimiento. |
Montos a colocar para la conversión: | Hasta los montos máximos emitidos. |