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Centros de Acceso a la Justicia

Un acuerdo para mejorar el acceso a derechos de los consumidores y las consumidoras

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Desde ahora en los CAJ vas a poder gestionar reclamos vinculados a la ley de Defensa del Consumidor. Quiénes son consumidores y consumidoras hipervulnerables.

Publicado el 17 de mayo de 2021 – Centros de Acceso a la Justicia

Un acuerdo entre la Dirección Nacional de Promoción y Fortalecimiento para el Acceso a la Justicia y la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo permitirá a los Centros de Acceso a la Justicia gestionar y comenzar a resolver problemáticas que afecten a consumidores y consumidoras hipervulnerables.

El acuerdo posibilita el acceso de miles de personas que diariamente realizan consultas a ejercer plenamente sus derechos a través de todas nuestras vías de atención, tanto presenciales como a distancia.

¨Que nuestras Direcciones lleguen a territorios donde las personas no sabían que contaban con determinados derechos es poner en la práctica esa unidad de concepción. Nosotros mismos construimos la demanda sobre nuestras políticas públicas¨, comentó la directora nacional de Acceso a la Justicia Gabriela Carpineti durante la firma del acuerdo realizada el 4 de mayo de 2021.

Quiénes son consumidores y consumidoras hipervulnerables

Según la Resolución 139/2020, los consumidores y las consumidoras hipervulnerables son “aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad en razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, que provoquen especiales dificultades para ejercer con plenitud sus derechos como consumidores”.

¨En marzo de 2020 cuando recién empezaba la pandemia fue la oportunidad para poner en texto una nueva normativa de la Secretaría de Comercio Interior por la cual se crea y reconoce esta categoría de Consumidores Hipervulnerables, de entender que todas las personas somos consumidores vulnerables en nuestras relaciones con proveedores de bienes y servicios pero que algunos consumidores por su edad, su situación socioeconómica, por una cuestión de género o por otras razones, encuentran acentuada muchas veces esa vulnerabilidad, y requiere del Estado un actuar más presente, más acompañado, más acentuado en la protección¨, explicó Sebastián Baroccelli, Director Nacional de Defensa de las y los Consumidores.

En este sentido, los consumidores y consumidoras hipervulnerables son personas que están expuestas en mayor medida a prácticas abusivas de las empresas, al sobreendeudamiento y a situaciones de discriminación y trato inequitativo.

¨Había personas que no consideraban que la vulneración que estaban sufriendo podía tener respuesta desde alguna agencia estatal. Con este acuerdo de trabajo común logramos que esas personas entendiesen que lo que les sucedía tenía que ver con una desigualdad de la cual el Estado se podía hacer cargo e intervenir para reducir el daño¨, afirmó Carpineti.

Por medio de esta resolución los reclamos que sean clasificados como hipervulnerables gozarán de un tratamiento prioritario y de carácter oficioso para poder garantizar la mayor cantidad de resoluciones en favor de estos consumidores y consumidoras.

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