Gendarmería Nacional
Secuestran en Jujuy vasijas prehispánicas en dos procedimientos
Se trata de cuatro piezas arqueológicas que pertenecen a la cultura Omaguaca.
Dos fueron decomisadas en un control vehicular y las restantes en un local comercial (lugar donde eran comercializadas), en la ciudad de Humahuaca.
Tres ciudadanos, dos hombre y una mujer, quedaron supeditados a la causa en infracción a la Ley 25.743 “Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico”, Ley 21.836 “Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural” y Ley Provincial 3.866.
Publicado el domingo 23 de enero de 2022 . Ministerio de Seguridad / Gendarmería Nacional Argentina
Efectivos del Escuadrón 53 “Jujuy” se encontraban realizando controles en cercanías de la Ruta Nacional N° 9, a la altura del kilómetro 1.816, en la localidad jujeña de Huacalera, cuando detuvieron la marcha de un vehículo Ford modelo Ecosport en el que viajaba un hombre y una mujer, procedente de la ciudad de Humahuaca con destino final Santa Fe.
Según lo expresado por el conductor y la acompañante, al momento de la inspección, habían comprado en un local comercial dos vasijas de arcilla, las mismas eran llevas de recuerdo para su familia.
Seguidamente, al ser exhibidas ante el personal de la Fuerza, se logró identificar que las mismas eras piezas prehispánicas y que pertenecerían a la civilización Omaguaca.
Los gendarmes informaron de lo sucedido a la Unidad Fiscal Federal de Jujuy, quien autorizó el registro del local donde eran comercializadas dichos objetos arqueológicos. Allí, los funcionarios hallaron otras dos vasijas, las mismas fueron entregadas de manera voluntaria por el comerciante.
Los uniformados procedieron a decomisar las cuatro vasijas de arcilla, por protección a los bienes culturales de la provincia, y en cuanto a los involucrados, quedaron supeditados a la causa en infracción a la Ley 25.743 “Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico”, Ley 21.836 “Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural” y el Art. 12 de Ley Provincial 3.866.