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El cuidado de los hijos es reconocido como un trabajo por ANSES

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La medida visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural relacionada con la distribución inequitativa de las tareas de cuidado

Publicado el lunes 02 de agosto de 2021 · · Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

A partir del Decreto 475/2021 la ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, reconoció las tareas de cuidado de los hijos como un trabajo. Esta medida visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural relacionada con la distribución inequitativa de las tareas de cuidado, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres o personas gestantes destinaron y destinan a la crianza de sus hijas e hijos.

El decreto establece que las mujeres o personas gestantes que tengan la edad para jubilarse (60 años o más) y no cuenten con los años de aportes necesarios podrán sumar años de servicios computables para su jubilación por cada hijo/a que haya nacido con vida o que haya sido adoptado/a siendo menor de edad.

Este cómputo no tendrá efecto alguno como incremento o bonificación de los haberes jubilatorios, será considerado solamente a los fines de alcanzar el mínimo de años de servicios requerido para la obtención de la Prestación Básica Universal (PBU).

Se computará: 1 año de aportes por hija/o nacido con vida o 2 años de aportes por hija/o adoptada/o, reconocimiento adicional de 1 año por hija/o con discapacidad y reconocimiento adicional de 2 años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses continuos o discontinuos.

Se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y del período de excedencia como tiempo de servicio a las personas gestantes que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas. Este reconocimiento también rige para los regímenes especiales administrados por ANSES.

Esta prestación genera derecho a pensión y permite el acceso al sistema de asignaciones familiares y a la obra social para jubilados y pensionados PAMI.

Antes de solicitar el turno, la persona solicitante puede ingresar a la página “Mi ANSES” con su CUIL y Clave de la Seguridad Social, sección: “Información Personal”, “Datos personales y familiares” y revisar que sus hijas/os se encuentren registradas/os.

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